jueves, 26 de febrero de 2015

Reunión de la Comisión Estatal Contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte

 La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte reunida hoy, en el CSD, ha abordado diversos asuntos de interés, entre los que destacan:
1º. – En relación con los Informes y documentos de audio y vídeo, presentados por parte de la LFP del partido Real Betis Balompié -Ponferradina, jugado el pasado 8 de febrero en el estadio Benito Villamarín, donde se entonaron cánticos que decían “Rubén Castro, Alé, Rubén Castro Alé,no fue tu culpa, era una puta, lo hiciste bien” y del encuentro  Real Betis Balompié – Girona FC, jugado el pasado 21 de febrero en el mismo escenario y donde también se escucharon, por un grupo de espectadores, denominado ‘Supporters Gol Sur’ el cántico “El equipo bastardo y penoso, el equipo de las putas del Pizjuán”,  la Comisión ha decidido lo siguiente:
-       Acuerda por unanimidad el rechazo más absoluto a comportamientos en un estadio de fútbol, que justifican la violencia machista, que incitan a la violencia contra las mujeres y que amparan en un recinto deportivo conductas degradantes, delictivas y ajenas a los más elementales principios de convivencia. Considera también, por acuerdo unánime, que tales conductas de aficionados son merecedoras de condena tanto a  nivel individual de quien las realiza como del club respecto del que son seguidores, proponiendo a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) se adopten las medidas de cierre parcial de gradas que se contemplan en la nueva normativa acordada por la RFEF en su Reglamento interno y Código Disciplinario.
-       Dar traslado de dichos informes a la RFEF para su consideración a los efectos disciplinarios con la recomendación de que se apliquen las nuevas medidas, acordadas el pasado 4 de diciembre, por las que se posibilita el cierre de sectores concretos de los estadios donde se localicen actuaciones contrarias a las conductas tipificadas en la Ley 19/2007 contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.
-       Solicitar al Real Betis Balompié que aporte cuantos elementos de prueba pueda recabar para que permitan la identificación de los autores de tales hechos. Además, solicita al Real Betis Balompié que realice el visionado  de encuentros anteriores a los señalados a fin de localizar si estos mismos cánticos se han producido con anterioridad.
-       La Comisión ha tenido conocimiento de las investigaciones puestas en marcha por la Oficina Nacional de Deportes de la Policía al objeto de identificar a los autores de dichos cánticos. De modo particular, el cruce de documentos de audio y vídeo que están en poder de los operadores televisivos y de las Unidades Centrales Operativas (UCOS). Del resultado de las mismas la Comisión dará traslado a la Fiscalía de Sevilla.
-       La Comisión considera que los hechos referidos pueden ser constitutivos de delito por lo que remitirá a la Fiscalía todos los datos que obran en su poder y los que ha solicitado al Real Betis Balompié a efectos de su consideración penal.
2º.- Sancionar al Getafe CF con 3.500 euros por facilitar invitaciones de cortesía a un grupo de aficionados considerado de riesgo con ocasión del partido Villarreal-Getafe, correspondiente a la Copa del Rey y jugado el pasado 23 de enero.
3º.- En relación a los incidentes registrados los encuentros: Sporting-Mirandés, jugado el 22 de enero, y Sevilla-Borussia, jugado el 19 de febrero, en los que los funcionarios expulsaron del estadio a 7 y 2 aficionados respectivamente, la Comisión ha decidido recabar la información pertinente para su estudio, que será realizada en la siguiente  comisión Antiviolencia y, en los casos que se acredite, proponer las naciones pertinentes.
4º- En relación a los pitidos al himno nacional escuchados con ocasión del partido de baloncesto correspondiente a la final Copa del Rey, disputado el pasado 22 de febrero, la Comisión ha decidido poner en conocimiento tanto de los clubes participantes como de la ACB, organizador de la competición, la  normativa recogida en el artículo 3.2i) de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, que indica es responsabilidad del organizador de la competición deportiva garantizar que los espectáculos que organice no sean utilizados para difundir o transmitir mensajes o simbología que pese a ser ajenas al deporte, puedan incidir, negativamente, en el desarrollo de las competiciones. La Comisión considera que cualquier falta de respeto a los símbolos constitucionales del Estado, Comunidades autónomas o Instituciones constitucionales deben ser conductas reprobadas y alejadas de los recintos deportivos.
Así mismo, la Comisión ha decidido declarar de Alto Riesgo los partidos: Sevilla-Atlético de Madrid, correspondiente a la 25ª jornada de Primera División; Las Palmas-Tenerife y Valladolid-Sporting de Gijón, correspondientes a la 27ª jornada de Segunda División.
Y, también, se han acordado las siguientes propuestas de sanción:
PRIMERA DIVISIÓN
- Multas de 6.000 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de 12 meses, a dos aficionados que, antes del inicio del partido y en las inmediaciones del estadio, amenazaron y agredieron a un aficionado por llevar una bufanda del equipo visitante en el partido Sevilla-Córdoba, jugado el 14 de febrero.
- Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de 6 meses, a un aficionado que, abandonando su localidad situada en la zona acotada para la afición visitante, alteró el orden al insultar gravemente y  amenazar a los aficionados locales, haciendo caso omiso a las indicaciones de los funcionarios en el partido Sevilla-Córdoba, jugado el 14 de febrero.
SEGUNDA DIVISIÓN
- Multas de 1.000 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de 3 meses, a dos aficionados que, en el interior del estadio, amenazaron reiterada y gravemente a los aficionados  locales en el partido Deportivo Alavés-Zaragoza, jugado el 22 de febrero.
- Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de seis meses, a un aficionado que, en el interior del estadio, amenazó grave y reiteradamente a los aficionados locales y realizó el saludo nazi en varias ocasiones en el partido Deportivo Alavés-Zaragoza, jugado el 22 de febrero.
SEGUNDA DIVISIÓN B
- Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de seis meses, a un aficionado que lanzó una botella de plástico de 50 cl de capacidad, sin tapón y con líquido en su interior, contra un jugador del equipo visitante en el partido UCAM Murcia-Betis B, jugado el 22 de febrero. 

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