lunes, 19 de diciembre de 2011

Reunión de la Comisión Estatal contra la Violencia

Ha propuesto una serie de sanciones, de las que se enumeran las más significativas:
Primera División
---Multa de 12.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años a un aficionado identificado quien, formando parte de un grupo radical y violento, con motivo del partido Club Atlético de Madrid, SAD – Rayo Vallecano de Madrid, SAD agredió violentamente a otro aficionado y lanzó una botella de cristal contra uno de los agentes policiales. Además, agredió a otro policía a quien propinó un puñetazo y provocó lesiones varias a otro agente más mientras se procedían a su inmovilización.
---Multa de 12.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años a cada uno de los cuatro aficionados identificados quienes, formando parte de un grupo radical y violento, y con motivo del partido Club Atlético de Madrid, SAD – Rayo Vallecano de Madrid, SAD lanzaron botellas de vidrio y piedras contra los agentes de la Policía. Además, los dos aficionados agredieron violentamente a uno de los policías allí presentes, dándole patadas y arremetiendo contra él en el suelo.
---Multa de 6.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años a cada uno de los 126 aficionados identificados quienes, formando parte de un grupo radical y violento, con motivo del partido Club Atlético de Madrid, SAD – Rayo Vallecano de Madrid, SAD provocaron una pelea multitudinaria en la vía pública contra aficionados del equipo local profiriendo graves insultos y amenazas de todo índole contra éstos.
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a cada uno de los dos aficionados identificados quienes, durante el partido Valencia C.F., SAD – R.C.D. Espanyol, SAD señalaron con un puntero láser en repetidas ocasiones sobre varios jugadores del equipo visitante. La Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte recuerda que el uso de estos punteros láser está terminantemente prohibido en todos los recintos deportivos.
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de dos años a un aficionado identificado quien, en el partido Valencia C.F., SAD – R.C.D. Espanyol, SAD insultó y amenazó gravemente a los agentes policiales.
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, en el partido R.C.D. Mallorca SAD – Athletic Club, agredió violentamente a un aficionado local golpeándole con el puño tras increparle, insultarle y escupirle en el interior del recinto deportivo.
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, previamente al inicio del partido Real Madrid C.F. – F.C. Barcelona, se negó en repetidas ocasiones a seguir las instrucciones de los agentes policiales durante el establecimiento del cordón policial, llegando incluso a empujar a un policía contra uno de los caballos que formaban parte del operativo policial provocando con ello una situación de peligro para el agente y para el resto de los seguidores allí presentes.
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, durante el partido Real Madrid C.F. – F.C. Barcelona señaló con un puntero láser en repetidas ocasiones contra varios jugadores.La Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte recuerda que el uso de estos punteros láser está terminantemente prohibido en todos los recintos deportivos.
---Multa de 4.000 euros a la Real Sociedad de Fútbol, SAD por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores al no impedir que, en el partido Real Sociedad de Fútbol, SAD – Málaga C.F., SAD, fuera introducido un bote de humo que posteriormente fue activado en el interior del recinto deportivo. Propuesto para sanción por hechos similares en otra ocasión anterior.
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a cada uno de los cinco aficionados identificados quienes, en el partido Real Madrid C.F. – F.C. Barcelona insultaron gravemente a los agentes policiales provocando además al resto de la afición con gestos obscenos y provocativos generando una alteración del orden público en el interior del recinto deportivo.
---Multa de 3.500 euros al Real Sporting de Gijón, SAD por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores al no impedir que, en el partido Real Sporting de Gijón, SAD – Real Madrid C.F., SAD, fuera introducido una lata de bebida que posteriormente fue lanzada al terreno de juego.
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a cada uno de los tres aficionados identificados quienes, en el partido Valencia C.F., SAD – R.C.D. Espanyol, SAD insultaron gravemente a los seguidores del equipo local provocando con ello una gran alteración del orden público en el interior del recinto deportivo.
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el partido Granada C.F., SAD – Real Zaragoza, SAD gritó e insultó gravemente a los agentes policiales.
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el partido Valencia C.F., SAD – R.C.D. Espanyol, SAD increpó e insultó gravemente a los agentes policiales.
Liga de Campeones
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a cada uno de los tres aficionados identificados quienes, durante el partido Villarreal C.F., SAD – Nápoles, generaron una actitud hostil en el interior del recinto deportivo agrediéndose entre ellos de forma violenta.
---Multa de 3.500 euros al Villarreal C.F., SAD por deficiencias en las medidas de control de acceso y permanencia de espectadores al no impedir que, en el partido Villarreal C.F., SAD – Nápoles fueran introducidas varias bengalas y botes de humo en el interior del recinto deportivo que posteriormente fueron encendidas.
Copa S.M. El Rey
---Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, durante el encuentro Albacete Balompié SAD – Club Atlético de Madrid, SAD, arrancó uno de los asientos de la grada y lo arrojó hacia la zona del estadio donde estaban situados los aficionados del quipo local.
Segunda División B – Grupo III
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a cada uno de los 18 aficionados identificados quienes, antes del inicio del partido C.F. Gandía – U.E. Sant Andreu, provocaron una fuerte pelea entre seguidores de ambos equipos con el resultado de varios heridos y cuantiosos daños materiales en la vía pública.
Segunda División B – Grupo IV
---Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a cualquier recinto deportivo por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, durante el partido C.F. La Unión – C. Polideportivo Cacereño, SAD insultó de forma reiterada y vejatoria al juez de línea haciendo caso omiso a las advertencias de los agentes policiales para que depusiera su actitud cuestionado además la actuación policial e intentando poner en contra de los policías al resto de la afición allí presente.
Además de estas propuestas de sanción, la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha acordado proponer otras cinco más a varios aficionados identificados que fueron sorprendidos por los agentes policiales consumiendo sustancias estupefacientes en el interior del recinto deportivo.

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