El máximo accionista y consejero delegado del Betis, Manuel Ruiz de Lopera, ha recurrido la sentencia que absolvió a 23 aficionados béticos por presuntos insultos y amenazas de muerte, todo ello tras el juicio celebrado el pasado 3 de noviembre en el Juzgado de Instrucción número 9 de Sevilla.
Según confirmó el abogado y consejero verdiblanco, Manuel Castaño, el recurso ya ha sido presentado ante la Audiencia Provincial de Sevilla y se espera que el fallo se conozca en un plazo aproximado de dos meses. "Ya se ha recurrido la sentencia, dado que había pruebas de cargo suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia que amparaba a los denunciados", explicó el letrado de Lopera.
Igualmente, Castaño puso de relieve que "se han practicado pruebas en la vista oral" del caso, "que son, además, pruebas de cargo", en opinión del abogado y consejero de la entidad albiverde.
Como se recordará, el caso se remonta al 23 de diciembre del año pasado, después de que un grupo de seguidores heliopolitanos se manifestara ante el domicilio de Lopera, en la sevillana calle de Jabugo, cantando unos villancicos de tono irónico en los que ponían de relieve su malestar, por el estado en el que se encuentra el club verdiblanco.
En su denuncia, la acusación se apoyó en el contenido del artículo 620.2 del Código Penal, que atañe a los que causen a otro "una amenaza, coacción, injuria o vejación injusta de carácter leve, salvo que el hecho sea constitutivo de delito". Por tal motivo, y tras retirar los cargos para ocho de los denunciados en principio, al no estar registrados en el atestado policial que se levantó en el lugar donde se produjeron los hechos, solicitó para los 15 restantes aficionados una multa 15 días a razón de 20 euros por día.
Según confirmó el abogado y consejero verdiblanco, Manuel Castaño, el recurso ya ha sido presentado ante la Audiencia Provincial de Sevilla y se espera que el fallo se conozca en un plazo aproximado de dos meses. "Ya se ha recurrido la sentencia, dado que había pruebas de cargo suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia que amparaba a los denunciados", explicó el letrado de Lopera.
Igualmente, Castaño puso de relieve que "se han practicado pruebas en la vista oral" del caso, "que son, además, pruebas de cargo", en opinión del abogado y consejero de la entidad albiverde.
Como se recordará, el caso se remonta al 23 de diciembre del año pasado, después de que un grupo de seguidores heliopolitanos se manifestara ante el domicilio de Lopera, en la sevillana calle de Jabugo, cantando unos villancicos de tono irónico en los que ponían de relieve su malestar, por el estado en el que se encuentra el club verdiblanco.
En su denuncia, la acusación se apoyó en el contenido del artículo 620.2 del Código Penal, que atañe a los que causen a otro "una amenaza, coacción, injuria o vejación injusta de carácter leve, salvo que el hecho sea constitutivo de delito". Por tal motivo, y tras retirar los cargos para ocho de los denunciados en principio, al no estar registrados en el atestado policial que se levantó en el lugar donde se produjeron los hechos, solicitó para los 15 restantes aficionados una multa 15 días a razón de 20 euros por día.
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