La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha acordado diversas propuestas de sanción, entre las que destacan cuatro sanciones al Sevilla FC. Dos de ellas de 65.000 euros cada una por desobediencia reiterada a las disposiciones gubernativas y falta de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad al permitir el despliegue de sendas pancartas de grandes dimensiones con la leyenda BIRIS, en los encuentros Sevilla-Krasnodar y Sevilla-Girona, jugados el 13 y el 16 de diciembre, respectivamente. Otras de 10.000 euros al no impedir la exhibición de dos pancartas de grandes dimensiones sin haberlo comunicado previamente al coordinador de seguridad en el partido Sevilla-Krasnodar jugado el 13 de diciembre; y, por último y con motivo del mismo encuentro, una sanción de 3.500 euros por no impedir que se introdujeran y, posteriormente, se activaran tres artefactos pirotécnicos en la grada de animación Gol Norte.
Asimismo, se proponen dos sanciones para el Club Deportivo Alavés: una de 30.000 euros por permitir el despliegue de una pancarta con la leyenda “IRAULTZA 1921 FANATIC” en el fondo del estadio donde se ubica el grupo radical Iraultza; y una segunda de 20.000 euros por permitir desplegar un tifo y tres pancartas no autorizadas por no contar con los certificados de estar realizadas con materiales ignífugos en el partido Deportivo Alavés- Athletic Club jugado el 17 de diciembre.
Se propone una sanción de 10.000 euros para el Valencia FC por las deficientes medidas de seguridad adoptadas por el club con motivo de la celebración de un entrenamiento celebrado el pasado 1 de enero y al que tenían libre acceso los aficionados, donde se introdujo y se activó diverso material pirotécnico y, además, se produjo una invasión del terreno de juego por parte de un grupo de aficionados.
Por último, en relación con las propuestas de sanción para los organizadores, cabe reseñar la propuesta de 3.500 euros de multa para la Conmebol por las deficiencias en las medidas de control de acceso al no impedir que se introdujera y, posteriormente, se encendiera, una bengala en el partido River Plate-Boca Juniors de la final de la Copa Libertadores, jugado el pasado 9 de diciembre.
En lo que se refiere a las propuestas que sancionan las conductas de aficionados, destaca una multa de 60.001 euros y la prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de cinco años para un individuo que, teniendo vigente una prohibición de acceso a los estadios, fue localizado en la grada visitante durante el partido Levante-Barcelona, jugado el pasado 16 de diciembre.
Multa de 4.000 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de nueve meses a un aficionado que, en la grada de animación Gol Norte, activó dos artefactos fumígenos en el encuentro Sevilla-Krasnodar, jugado el 13 de diciembre.
También, han sido propuestos para sanción aquellos aficionados que han protagonizado distintos incidentes, de carácter leve, como consumir estupefacientes o bebidas alcohólicas dentro de los recintos deportivos, increpar a los vigilantes y/o funcionarios, insultar a los aficionados rivales, etc.
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