En relación a la publicación de contenidos ofensivos contra el jugador del Athletic Club, Carlos Gurpegi, aparecidos recientemente en algunos medios de comunicación, la Comisión recuerda que, el preámbulo de la Ley 19/2007 subraya que este tipo de actuaciones o informaciones reproducidas hasta la saciedad empañan los valores intrínsecos del deporte como referente ético y de comportamientos.
Declarado de alto riesgo el partido de Segunda División R.C.D. La Coruña SAD - Real Sporting de Gijón, SAD que se disputará el domingo en A Coruña.
La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha acordado proponer para una sanción de 4.000 euros al Sevilla F.C. SAD por haber proporcionado una invitación para asistir al encuentro Sevilla F.C. – Levante U.D. a un miembro de un grupo radical y violento. Propuesto para sanción por hechos similares en otra ocasión anterior cuando este club de fútbol regaló invitaciones a varios miembros de un grupo radical y violento seguidores del Sevilla F.C. SAD.
Por otra parte, en relación a la publicación de contenidos ofensivos contra el jugador del Athletic Club, Carlos Gurpegi, aparecidos recientemente en algunos medios de comunicación, la Comisión Antiviolencia recuerda que, como recoge el preámbulo de la Ley 19/2007, "…la violencia en el deporte… tiene a menudo una gran repercusión en los medios de comunicación, que, en ocasiones, reproducen hasta la saciedad los incidentes violentos, sean de palabra, sean de hecho. Esta presencia de la violencia deportiva en los medios de comunicación llega a empañar, cuando no a poner en duda o a contradecir, los valores intrínsecos del deporte como referente ético y de comportamientos." Todo ello con la finalidad de contribuir a "Fomentar el juego limpio, la convivencia y la integración en una sociedad democrática y pluralista, así como los valores humanos que se identifican con el deporte.", objetivo de la Ley 19/2007.
Asimismo, la Comisión ha propuesto una serie de sanciones de las que, a continuación, se enumeran las más importantes:
Multa de 3.500 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de 12 meses a un aficionado identificado quien, durante el acceso al estadio con motivo del partido Málaga C.F. SAD – Sevilla C.F. SAD, comenzó a gritar y a proferir insultos acompañados de gestos amenazantes hacia los agentes policiales, incitando además a los aficionados que allí se encontraban para que se unieran a él.
Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el encuentro Málaga C.F. SAD – Sevilla C.F. SAD, provocó una avalancha en la grada empujando a varios espectadores y atentando de esta manera contra la integridad física de los demás asistentes al encuentro, así como la de los agentes policiales que allí se encontraban.
Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el partido Málaga C.F. SAD – Sevilla C.F. SAD, profirió graves insultos y amenazas contra los agentes policiales.
Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a cada uno de los dos aficionados identificados quienes, con motivo del encuentro Real Madrid C.F. SAD – Club Atlético de Madrid SAD, y formando parte de un grupo de radical y violento, profirieron graves insultos y lanzaron botellas de cristal, latas y otros objetos contra los aficionados del equipo visitante provocando con ello reacciones violentas en la afición rival.
Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el partido Real Murcia C.F. SAD – R.C.D. La Coruña SAD, introdujo dos latas de cerveza en el interior del recinto deportivo.
Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el partido U.D. Logroñés SAD – Burgos C.F. SAD, traspasó la zona de aficionados, se acercó a un recogepelotas menor de edad y le insultó de forma violenta. Cuando los agentes policiales le recriminaron su actitud, este aficionado hizo caso omiso a sus indicaciones.
Multa de 3.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un período de seis meses a un aficionado identificado quien, en el partido, U.D. Logroñes SAD – Burgos C.F. SAD, insultó gravemente a un vigilante de seguridad.
Declaración de alto riesgo
Segunda División
R.C.D. La Coruña SAD - Real Sporting de Gijón, SAD
Domingo, 16 de febrero, en A Coruña
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